En aplicación de lo dispuesto en el artículo 19, en sus apartados 1, 2 y 4, del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, siendo los siguientes:
- 2 de enero, lunes.
- 8 de enero, domingo.
- 6 de abril, jueves.
- 30 de abril, domingo.
- 2 de julio, domingo.
- 30 de julio, domingo.
- 15 de agosto, martes.
- 12 de octubre, jueves.
- 1 de noviembre, miércoles.
- 26 de noviembre, domingo.
- 3 de diciembre, domingo.
- 8 de diciembre, viernes.
- 10 de diciembre, domingo.
- 17 de diciembre, domingo.
- 24 de diciembre, domingo.
- 31 de diciembre, domingo.
Las Corporaciones Locales pueden solicitar la permuta de hasta dos de los domingos y festivos de apertura comercial autorizada para el año 2023, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19.3 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.
Orden de 26 de mayo de 2022, por la que se establece el calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2023 y se faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de hasta dos días para el citado año.BOJA22-102-00003-8824-01_00262088Descarga