Beneficios de estar inscrito en el Registro General de comerciantes ambulantes


El comercio ambulante es una actividad profesional, generadora de empleo y dinamizadora de la economía. A día de hoy, la trascendencia de la venta ambulante en la estructura económica y social, tanto de España como de la Unión Europea, es indudable. En el caso de nuestra Comunidad Autónoma, se celebran más de 900 mercadillos que abastecen a más del 90% de los municipios andaluces.

La relevancia de este sector se refleja igualmente en el hecho de que Andalucía fue pionera en aprobar una Ley del Comercio Ambulante, una regulación que impulsó la adecuación de la situación socioeconómica a la realidad comercial, e incidió en la profesionalización y especialización de este sector, considerándolo como una actividad económica más.

En este contexto, se observa la importancia de contar con un Registro General de Comerciantes Ambulantes, cuyos objetivos generales son fundamentalmente:

  1. Contar con un censo de comercio ambulante de Andalucía.
  2. Facilitar el ejercicio de las funciones de control y tutela de los intereses públicos del comercio ambulante.
  3. Contribuir a la definición de las políticas de ayudas públicas al sector.

La inscripción, que es voluntaria, gratuita  y que tiene una validez de cuatro años prorrogables por periodos idénticos, es de fácil y rápida tramitación, permitiendo a las personas comerciantes inscritas que puedan disfrutar de los siguientes beneficios: 

  • Ser reconocidas como profesionales del sector, pudiendo expedirse a tal efecto una certificación acreditativa de la inscripción en el Registro.
  • Solicitar el otorgamiento de alguno de los distintivos de calidad que reglamentariamente se pudieran determinar.
  • Solicitar posibles incentivos que la Consejería competente en materia de comercio interior pudiera acordar relacionados con el ejercicio de la actividad.
  • Participar en cursos, conferencias y demás actividades de esta índole que organice la Consejería competente en materia de comercio interior, o en las que colabore dicha Consejería.

Es de interés destacar en este punto la importancia de acceder a estas formaciones que oferte la Consejería ya que más del 85% de los integrantes del sector no tiene estudios en materia comercial y de nuevas tecnologías lo que refleja una carencia fundamental para el buen ejercicio de la actividad y por tanto la necesidad de capacitarse y ser competitivo en lo que se refiere, tanto a su profesionalización como a su modernización.

Las personas físicas y jurídicas que ejerzan el comercio ambulante en la Comunidad Autónoma de Andalucía podrán solicitar su inscripción en el Registro General de Comerciantes Ambulantes y aspirar a las ventajas que le ofrece. Igualmente podrán inscribirse también las asociaciones de comerciantes ambulantes que tengan entre sus objetivos la representación, promoción y defensa de los intereses del comercio ambulante, a fin de que la Administración tenga conocimiento de su existencia y representatividad.

Los formularios para las inscripciones, tanto de los comerciantes como de las Asociaciones, podrán descargarse a través de los siguientes enlaces:

Formulario de inscripción Comerciantes Ambulantes, actualizado a 17/05/2017

Formulario de inscripción Asociaciones de Comerciantes Ambulantes, actualizado a 17/05/2017

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